Las universidades peruanas tienen cinco años para adecuarse a la Ley Universitaria tras la última sentencia del TC. SEMANAeconómica detalla seis problemas que traerá su implementación.
POR JAVIER ALBÁN
El jueves pasado, el Tribunal Constitucional (TC) consideró que la Ley Universitaria es constitucional y no vulnera la autonomía universitaria. Más allá de los debates que se puedan plantear con respecto al fallo, no deja de ser verdad que la norma contiene varios puntos que pueden ser considerados, cuando menos, cuestionables. Por más que exista una buena intención, algunos de sus requisitos resultan exagerados incluso considerando los mejores referentes internacionales. Si la ley se aplicara a las universidades extranjeras de alto prestigio, más de una tendría problemas para adecuarse. A continuación el detalle de seis problemas que esta norma genera.
1. PPK podría ser presidente, pero su edad no le permitiría ser rector de San Marcos
Según la lógica del actual sistema legal peruano, Pedro Pablo Kuczynski podría convertirse en el próximo presidente del Perú, pero su edad (77 años) no le permitiría ser rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, ni de cualquier otra universidad pública. Ello pues la ley le prohíbe a cualquier persona mayor de 70 años ejercer un cargo administrativo en universidades públicas, y limita también su posibilidad de ser docentes (sólo es posible que sean docentes extraordinarios).
Si la regla se aplicara en otros países, obligaría a jubilarse a autoridades como Chris Patten, canciller de la Universidad de Oxford (la máxima autoridad formal de la universidad), quien tiene 71 años. Marco Antonio Zago (69 años), rector de la Universidad de São Paulo (considerada la mejor universidad de Latinoamérica por QS University Rankigs) cuyo mandato dura el 2018, también estaría obligado a jubilarse.
2. Para ser rector, vicerrector o decano, ahora es necesario ser doctor
La norma establece que todo rector o vicerrector de una universidad debe poseer el grado académico de doctor (artículos 61.3 y 64). Además, el decano de una facultad –a quien en teoría ‘sólo’ se le pide ser o doctor o magíster– debe ser profesor principal. Y para ser profesor principal (artículo 83.1), es necesario ser doctor.
Es decir, la ley emplea un grado académico enfocado en la investigación como criterio para determinar qué persona está mejor capacitada para ejercer un cargo de gestión administrativa. Este requisito no le permitiría a personas como Christopher L. Eisgruber, presidente de la Universidad de Princeton, o a Pablo Navas, rector de la Universidad de los Andes (7ma en Latinoamérica, según QS), mantener sus puestos, pues ninguno de ellos es doctor.
La ley supondrá un enorme desafío para las universidades peruanas, que tienen un bajo porcentaje de profesores con grado de doctor.
3. No importa si una maestría es de las mejores del mundo. Si el programa no es de 48 créditos, no sirve.
Para ser jefe de práctica o asistente en un curso universitario, ahora será necesario tener título profesional (algo que actualmente no es común en varias carreras). Para ser profesor en pregrado, ahora será necesario tener una maestría o doctorado (excepto para profesores extraordinarios), pero no de cualquier tipo. Según la ley, una maestría debe tener, como mínimo, 48 créditos para ser considerada como tal (artículo 43.2), y los doctorados 64 créditos.
Cientos de maestrías de alto prestigio no cumplen con este requisito. Una maestría en derecho en Yale (LLM) tiene un programa equivalente a sólo 24 créditos. Algo similar ocurre con una maestría en Economía en el London School of Economics (dura ‘sólo’ en 10 meses). Cualquier maestría de dos años en una universidad peruana, no obstante, sí cumple con la norma.
4. Modelo universitario único
La ley plantea que todas las universidades deben cumplir con ciertas reglas de organización. Establece cuáles deben ser sus órganos de gobierno, quiénes los integran, cómo debe ser su organización académica, qué tipo de profesores existen y qué requisitos deben cumplir los docentes para ser nombrados. Dado que la Sunedu será ahora la que licencie, fiscalice y sancione a las universidades, es de esperar que cualquier institución que no cumpla con seguir este modelo universitario no podrá seguir funcionando.
Si bien este modelo es similar al que varias universidades peruanas ya tienen, no es el único que existe. Oxford, por ejemplo, se organiza de forma completamente distinta (ni siquiera tiene un rector, y quien dirige la institución en la práctica es un vice-canciller). Modelos diferentes como éste ya no podrán ser imitados en el Perú.
5. Los planes, políticas y estrategias institucionales ahora deben ser públicos
Toda institución pública o privada tiene órganos en los que discute sus estrategias de crecimiento. Si bien gran parte de la información que allí se intercambia podría ser pública sin que la institución se perjudique, es normal que ciertos planes o estrategias consistan en información sensible, que se suele mantener en reserva para no alertar a la competencia (pagos y compensaciones a los profesores o conferencistas, campañas publicitarias, etc.).
No obstante, la ley universitaria exige que todas las actas de los órganos de gobierno (Asamblea Universitaria y Consejos Universitario y de Facultad) sean públicas. Más allá de que lo que probablemente ocurra es que las universidades no contemplen esta información en sus actas, una fiscalización exigente podría incluso afectar la competencia en el sistema universitario.
6. La potencial injerencia del gobierno sobre la Sunedu
Poco se ha discutido sobre el hecho de que la Sunedu es una entidad adscrita al Ejecutivo, de forma similar a como lo es la procuradoría pública especializada en lavado de activos, de donde fue removida la ex procuradora Julia Príncipe tras brindar declaraciones que el ex ministro de Justicia consideró desatinadas. Si bien en principio la Sunedu goza de cierta autonomía y actualmente existe mucha confianza en el ministro de Educación, su dependencia del Ejecutivo resulta potencialmente peligrosa. Más aún si se considera que muchas veces las investigaciones que publican las universidades pueden ser críticas del gobierno de turno.
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ResponderEliminarlo que sunedu deberia tener en cuenta es que se implemente politicas de homologacion de cuotas administrativas plasmada en sus estatutos de toda universidad tanto publicas o privadas en igual condicion y no que da cada universidad lo desarrolle a su conveniencia ...otro tambien es el control de de reduccion de pagos excesivos y reduccion de tramites burocraticos (como es el pago de derecho de solicitud por alguna peticion que uno solicite "tal es el caso de solicitud de prorrogas de pagos, etc)
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