Dos llamados de atención de la ONU y uno de la CIDH no son suficientes para que el Estado priorice la vida y salud de indígenas en aislamiento y en contacto inicial, con mecanismos de protección para la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti y otros - RTKNN.
Lima, lunes 27 de enero de 2014.- El jueves 23 de enero, el Viceministerio de Interculturalidad – VMI dio a conocer mediante nota de prensa la emisión de su Resolución Viceministerial N° 003-2014-VMI-MC de fecha 22 de enero, que declara absueltas las 37 observaciones pendientes al Estudio de Impacto Ambiental para la ampliación del Programa de Exploración y Desarrollo del Lote 88 del Proyecto Camisea, luego de recibidas dos respuestas de la empresa concesionaria a través del Ministerio de Energía y Minas. De esta manera el Ministerio de Cultura estaría dando su visto bueno para la ampliación de actividades en el Lote 88.
El Estado tiene pendiente la tarea de implementar el marco normativo de protección para los pueblos en situación de aislamiento y contacto inicial contenido en la Ley N° 28736, normas que reconocen mecanismos como el Plan de Protección y Comité de Gestión de Protección, entre otros.
Preocupa que, a pesar que el 75% del Lote 88 está dentro de la RTKNN, la protección de los pueblos vulnerables en aislamiento y en contacto inicial, que debía asegurarse con la existencia de la Reserva y dichos mecanismos de protección, no se ha implementado.
Es alarmante que, siendo la afectación a la vida y salud el mayor impacto para estos pueblos, el VMI dé luz verde al EIA sin contar con información actualizada sobre la salud de todos los pueblos ubicados en el ámbito de influencia del Proyecto, pues el Análisis de la Situación de Salud – ASIS del Pueblo Nanti data del año 2003 y daba una serie de alertas y señalaba la serie de riesgos e impactos del Proyecto para estos pueblos.
LUZ ROJA INTERNACIONAL
Instituciones internacionales como las Naciones Unidas - ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH, han llamado la atención al Perú sobre los riesgos de este proyecto y su vulneración de derechos humanos.
No obstante, el Estado ha omitido las recomendaciones hechas por el Relator de las Naciones Unidas James Anaya cuando señaló que “es evidente que estas agrupaciones son extremadamente vulnerables, por lo que el Gobierno y la empresa deben actuar con la máxima cautela y no proceder con la propuesta de ampliación sin asegurar previamente y de manera conclusiva la no vulneración de sus derechos humanos” y que para ese fin recomendó que, entre otras medidas “el Gobierno haga un estudio exhaustivo con la participación de todos los interesados y expertos competentes acerca de la presencia y las condiciones de los pueblos o agrupación indígenas no contactadas en el área del Lote 88”.
De la misma manera, no ha tomado en cuenta lo señalado por la CIDH respecto a que “actividades como estas constituyen una amenaza a la vida e integridad de estos pueblos, ya que pueden propiciar el contacto, con todas las consecuencias que éste implica para su salud y pervivencia física y cultural. Dado que no cuentan con defensas inmunológicas contra enfermedades comunes, el contacto puede ocasionar no sólo la pérdida de su cosmovisión e identidad cultural sino también epidemias que pueden causar la desaparición de pueblos enteros. De este modo, el respeto al principio de no contacto se hace esencial para asegurar la vigencia de sus derechos fundamentales, incluidos el derecho a la vida e integridad, a sus tierras y territorios ancestrales, a la cultura y a la salud, entre otros”. 1
La ampliación de actividades del Proyecto Camisea dentro del Lote 88 representa una amenaza clara y directa para la vida de los pueblos indígenas que habitan la cuenca del Urubamba. Si bien se reconoce la importancia del recurso energético para el desarrollo del país, este no puede generarse contraviniendo el derecho a la vida de los pueblos indígenas, y su subsistencia cultural.
Recordemos que en la cuenca del Urubamba (Cusco), no sólo existe el Lote 88 sino que están en funcionamiento otros 2 Lotes (56 y 57), y uno a puertas de iniciar actividades (Lote 58). La presión extractiva sobre este territorio ha debilitado las condiciones de vida de la población local, y a ello se suma el desinterés del Estado por las condiciones de vida de las poblaciones indígenas de la zona.
En ese sentido, es necesaria una estrategia para la cuenca del Urubamba, que incluya a la RTKNN en una visión global de los impactos y el desarrollo; esta estrategia solo puede venir del compromiso del Estado en su más alto nivel, debiendo implementarse un Programa de Desarrollo y Mitigación de Impactos para la Cuenca del Urubamba.
Agradecemos su difusión.
“DAR, contribuyendo con el desarrollo sostenible del país”
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Nota del Editor
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